La hipoteca inversa puede ser una solución para complementar las escasas pensiones de la Seguridad Social. Es la forma que tienen los propietarios de viviendas para acceder al dinero que fueron acumulando durante toda su vida como capital en sus viviendas. En España la hipoteca inversa la pueden solicitar personas jubiladas a partir de 65 años de edad o personas dependientes propietarias de una vivienda sin cargas.

Mediante la hipoteca inversa se «pide prestado» dinero durante un plazo de tiempo concreto (generalmente entre 10 y 20 años) contra el valor de su vivienda, pero sin renunciar a ella. Este dinero se puede recibir bien en forma de un pago único, en forma de pagos mensuales o bien en forma de línea de crédito de la cual se va disponiendo hasta el límite total de los fondos prestados. La vivienda sobre la que se realiza una hipoteca inversa puede ser tanto la vivienda habitual como cualquier otro inmueble y el propietario la podrá seguir usando hasta su fallecimiento. En realidad, el banco no requerirá que el dinero sea devuelto hasta que la vivienda sea vendida o el propietario fallezca. Las entidades bancarias suelen aconsejar la contratación de un seguro de rentas vitalicias para, si se vive más tiempo del plazo de la hipoteca, seguir recibiendo la renta mensual.

La alternativa a las hipotecas inversas para poner en valor la vivienda y lograr liquidez son la venta y el alquiler. En ambos casos se ha de abandonar la vivienda y buscar otra y esto no es lo óptimo ni lo deseado por los mayores que desean continuar viviendo en su casa.

Las hipotecas inversas sólo pueden ser concedidas por las entidades de crédito y por aquellas entidades aseguradoras autorizadas para operar en España. Actualmente pocas entidades la ofrecen entre sus productos.

Opciones de los herederos

Cuando fallecen los titulares de la hipoteca inversa, sus herederos deberán devolver las cantidades que la persona mayor ha ido recibiendo. Los herederos tienen dos opciones:

  • Pueden quedarse con la vivienda y devolver el préstamo con sus propios ahorros u obteniendo otro tipo de financiación
  • Vender la vivienda y devolver la deuda contraída por sus progenitores con el banco.

Ventajas fiscales

Las hipotecas inversas cuentan con una serie de ventajas fiscales recogidas en el texto de la nueva ley hipotecaria en vigor desde el 16 de junio de 2019, eso sí, sólo para quienes la hagan sobre su vivienda habitual: las cuotas mensuales recibidas de la hipoteca inversa están exentas en la declaración de la Renta. La hipoteca inversa también está exenta del pago del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados. Asimismo, se aplican las mismas reducciones en honorarios notariales y registrales que para la cancelación, subrogación y novación contempla la reforma de la nueva ley hipotecaria.

Desventajas

Las principales desventajas que existen son:

  • Conlleva los gastos de constitución de una hipoteca, como cualquier otra, más el seguro de renta vitalicia, si se contrata
  • Como en cualquier otro tipo de préstamo bancario, la entidad cobrará un interés, en torno al 5% actualmente
  • Puede ser visto como una pérdida del patrimonio logrado durante toda la vida o una merma en la futura herencia de la familia