Fiscalidad inmobiliaria

La compra de una vivienda, ya sea nueva o de segunda mano, tendrá unos gastos que deberemos asumir y unos impuestos que tenemos que pagar. No queda otro remedio, hacienda somos todos.

Estos costes son los gastos de registro, de notario, gestoría, etc., más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), además de los impuestos por la transmisión del inmueble. Si la vivienda es de segunda mano tendremos que pagar Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), y si es una vivienda de nueva construcción, el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). El tipo de gravamen del ITP es actualmente del 7%. El tipo de gravamen del IVA podrá ser el reducido, del 7% para las viviendas “comunes”, o el súper reducido del 4% para determinados regímenes de Vivienda de Protección Oficial (VPO), o incluso el tipo ordinario del 16% si la vivienda está calificada como local comercial.

Esto último, aunque parezca increíble, sucede algunas veces, especialmente cuando se adquieren viviendas de tipo loft en bajos de edificios, bajos comerciales, o loft ubicados en las afueras de las ciudades, polígonos industriales o comerciales.

Los Ayuntamientos, en la compra venta de la vivienda también nos cobrarán la conocida plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos.

Por poner un caso práctico, en el caso de una vivienda de 200.000 euros pagada con hipoteca los costes serían aproximadamente los siguientes:

Notaría1.200€
Registro675€
Gestoría300€
AJD1.600€
Tasación300€
ITP o IVA14.000€
Comisiones hipoteca2.000€
Total20.000€

En el caso en que se adquiera la vivienda mortis causa, por herencia, también se han de pagar impuestos: Impuesto de Sucesiones. Si se trata de un regalo, de una cesión por ejemplo de un padre a su hijo, es en realidad una donación y hay que pagar el Impuesto de Donaciones (Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ISD). Este impuesto es diferente según la comunidad autónoma en la que se encuentre el inmueble, las diferentes CCAA realizan con el ISD política tributaria y actualmente hay grandes diferencias entre las distintas regiones. Por ejemplo, en Madrid, el ISD está bonificado (regalado) al 99% cuando la donación o la herencia es de padres a hijos quedando en todos los casos cuotas muy bajas, cercanas a 0.